ORDINARIO Nº1189 APLICACIÓN DE LA LEY Nº21.643 EN ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES
La Circular aborda la implementación de la Ley Karin (Ley 21.643) en el contexto de los establecimientos educacionales, enfatizando la necesidad de que las entidades sostenedoras desarrollen regulaciones internas que se alineen con las normativas educacionales y laborales. Se recomienda que las investigaciones relacionadas con situaciones de violencia y acoso sean complementarias, evitando decisiones contradictorias y minimizando la carga administrativa y la revictimización de los involucrados. Además, se destaca la importancia de que los procedimientos investigativos en materia laboral cumplan con las exigencias mínimas de las investigaciones educativas.
Asimismo, se establece que tanto la normativa educacional como la laboral requieren protocolos específicos para la prevención y actuación ante situaciones de violencia. El reglamento interno de los establecimientos debe incluir estrategias de prevención que aborden la violencia en la comunidad educativa, así como protocolos de actuación frente a maltrato y acoso. La ley también exige que se consideren las medidas correctivas adecuadas para prevenir la reiteración de conductas inapropiadas, asegurando un entorno seguro para todos los miembros de la comunidad educativa.
Descarga el Ordinario ley Karin